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El objetivo de las ciencias jurídicas debe consistir en acompañar las transformaciones que se suscitan en la sociedad; por ello, en metamorfosis jurídica se recogen y comparten las mejores ideas, ensayos, libros, artículos de opinión y análisis a nivel nacional e internacional sobre el ámbito jurídico y político que se producen en los centros de pensamiento, instituciones, revistas, periódicos y foros en Internet mas influyentes, con el propósito de contribuir al análisis y discusión del complejo fenómeno jurídico existente en nuestro país (Bolivia).

jueves, 28 de mayo de 2015

Código modelo (Procedimiento Civil) no citado por los proyectistas de la actual norma


Carlos Conde Calle (*)
00:00 / 22 de mayo de 2015

Este artículo producirá no pocas sorpresas. Tengo en mi poder todo el CÓDIGO PROCESAL MODELO PARA IBEROAMÉRICA, historia, antecedentes, exposición de motivos, publicado en Montevideo, Uruguay, en 1998 por el Instituto Iberoamericano de DERECHO PROCESAL, Secretaría General.

Me pareció estar leyendo el NUEVO CÓDIGO PROCESAL CIVIL publicado por la ASAMBLEA LEGISLATIVA DE BOLIVIA con el sello de “LEGISLANDO PARA VI- VIR BIEN”. Este Código Modelo fue escrito por ADOLFO GELSI BIDART y ENRIQUE VESCOVI y tomado por los doctores Mario Cordero Miranda, Enrique Díaz Romero y Kenny Prieto Melgarejo, hecho reconocido por el primero en el libro colectivo EL NUEVO PROCESO CIVIL, publicado por Editorial Kipus.

Cordero sostiene que “para que nadie se atribuya paternidad que no le corresponde y por un elemental principio de honestidad, es NECESARIO ACLARAR QUE EL PROYECTO FUE REDACTADO por la comisión constituida por ENRIQUE DÍAZ ROMERO, KENNY PRIETO y el suscrito, con el importante concurso de los consultores uruguayos Torrelio Gioarnado y Jorge Marabotto, teniendo como fuente principal el código procesal tipo para Iberoamérica que fuera analizado y discutido en su estructura y contenido por los más ilustres procesalistas (...), finalmente se encomendó su redacción a nivel de ANTEPROYECTO a los profesores uruguayos Enrique Vescovi y Adolfo Gelsi Bidart, a la que posteriormente se agregó al doctor Luis Torrelio Giordano (sic)”.

Sin embargo, los proyectistas del NUEVO CÓDIGO PROCESAL CIVIL ignoran la fuente, es más, ni siquiera la citan. José Cesar Villarroel y Andrés Valdivia ni siquiera se inmutan en su obligación de responder y escribir un libro que explique de dónde sacaron su anteproyecto “original”.

Pero, vayamos al Código Procesal Civil Modelo para Iberoamérica. En el prólogo, página 5, se afirma que “la labor del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal Civil culmina en esta etapa de anteproyectos de códigos procesales”. Entre la página 7 y la 13 se encuentra el proceso histórico que supuso la elaboración de los anteproyectos. De la página 15 a la 18 se explica que la causa de los códigos modelo obedece al principio de integración.

De la página 35 a la 83 se encuentra la Exposición de Motivos, finalmente, de la página 85 a la 214 se encuentra el texto completo del anteproyecto de Código Procesal Civil Modelo para Ibe- roamérica. En el Código Procesal Civil, promulgado recientemente, se incorpora una interesante exposición de motivos presentada por el doctor Héctor Ar- ce, presidente de la Comisión de Cons- titución de la Cámara de Diputados.

El autor de esta nota querría saber si fue este funcionario, perito en De- recho Constitucional, quien redactó ese texto o, a pesar suyo, lo hicieron José César Villarroel y Andrés Valdivia en su condición de “proyectistas” del Nuevo Código Procesal Civil. Por eso es importante que los proyectistas autóctonos revelen su fuente. Observo entre ambos documentos demasiadas similitudes.

Amable lector, le pido que lea simultáneamente el Código Modelo para Iberoamérica y el Nuevo Código Pro- cesal Civil de Bolivia, fundamentalmente en la exposición de motivos, y encontrara interesantes parecidos. Veamos.

Héctor Arce sostiene, en la página 38 del libro Legislando para vivir bien, que “el nombre de audiencia preliminar no debe dar lugar a ninguna perplejidad, pues lo preliminar da idea de previa, lo que podría entenderse como anterior al proceso, esto es eminentemente procesal (...). Se trata, entonces, de una primera audiencia dentro del proceso a la que deben comparecer ambas partes y que será presidida por la autoridad judicial con un mayor complejo contenido, pero con el fin primordial de evitar el litigio o limitarse el objeto y depurar el procedimiento, como veremos a continuación” (sic).

Los autores del Código Modelo de 1988, Enrique Vescovi y Adolfo Gelsi Bidart, escriben exactamente lo mismo. Veamos la pág. 53 del libro que se encuentra en nuestro poder: “el nombre de audiencia preliminar de lugar a alguna perplejidad, pues lo preliminar de idea de previa, lo que podría entenderse como anterior al proceso, esto es procesal (...). Se trata, entonces, de una primera audiencia dentro del proceso a la que deben comparecer ambas partes y que será presidida por el tribunal, con un mayor complejo contenido, pero con el fin primordial de evitar el litigio o limitar su objeto y depurar el procedimiento, como veremos a continuación (ac). ¿Cuál es el original?

Sigamos con Arce, en la página 39 del libro Legislando para vivir bien afirma que “las principales funciones de la audiencia preliminar se pueden agrupar en los conciliadores (exclusión del proceso), saneadora (saneamiento del proceso, depuración de cuestiones no referidas al mérito), la de establecer el objeto del proceso y de la prueba (función abreviadora, al decir de Barbosa Moreira) y ordenadora juntamente por el tribunal respecto del futuro desarrollo del proceso, en espacial tomando medidas relativas al diligenciamiento de la prueba”.

El Código Procesal Modelo para Iberoamérica, en la página 59 sostiene que “las principales funciones de la audiencia preliminar se pueden agrupar en la conciliadora (exclusión del proceso), saneadora (saneamiento del proceso, depuración de cuestiones de la prueba), función abreviadora, al decir de Barbosa Moreira y ordenadora, justamente por el Tribunal, respecto del futuro desarrollo del proceso, en especial tomando medidas relativas al diligenciamiento de la prueba” (sic).

El texto es igual, inclusive, citan al mismo autor. ¿Qué pasó? Pero, sigamos, Arce, en la página 48 del libro Legislando para vivir bien sostiene que “la clara tendencia de esta nueva norma judicial, coherente con el sistema de proceso oral por audiencia es el aumento de facultades del Tribunal, lo que no altera al principio dispositivo”, debe quedar claro que sigue rigiendo el principio dispositivo, sin embargo, con algunas notas distintivas.

Pues bien, un texto parecido se encuentra en el Código Modelo escrito por Gelsi y Vescovi, en la página 41 se lee “una clara tendencia de este anteproyecto, coherente con el sistema del proceso oral (por audiencia) es el aumento de las facultades del Tribunal, lo que a nuestro juicio no altera al principal dispositivo, el cual continua ri- giendo con atenuaciones”.

Como lector, estoy cada vez más sorprendido. Pero sigamos, Héctor Arce, en la página 46 del libro citado, afirma que “el proceso monitorio, en cuanto a estructura, adoptado inclusive para el juicio ejecutivo constituye una verdadera novedad al interior de nuestro proceso por lo polémico de su naturaleza, por lo cual nos permitiremos hacer una breve referencia al mismo (...) como sabemos, discutible el origen de este proceso, aun cuando parece iniciarse en la Italia Comunal siglo XIII, con perfiles determinados y con el fin fundamental de acelerar el cobro de determinados documentos contenedores de obligaciones pecuniarias de plazo vencido y suma líquida y exigible”.

El código modelo de Gelsi y Vescovi, página 46, sostiene que “este proceso, o más precisamente la estructura monitoria, se propone no solo para la ejecución de títulos extrajudiciales (títulos ejecutivos), sino también para los judiciales (...). Resulta, como sabemos, discutible el origen de este proceso, aun cuando parece iniciarse en la Italia Comunal el siglo XIII (22) con perfiles determinados...”.

En conclusión, podemos sostener que la exposición de motivos no fue redactada por Arce, porque tiene la especialidad de Derecho Constitucional. Los que presentaron el “anteproyecto original” fueron los proyectistas que no citaron la fuente. Esos colegas, que nunca escribieron un libro sistemático de su especialidad, escribieron nada menos que un Código Procesal Civil. En un artículo anterior dijimos que, al parecer, los socialistas terminaron por copiar a los neoliberales. Tienen la palabra Mario Cordero, Bernardo Wayar, José César Villarroel y Andrés Valdivia.

(*) Es experto en Derecho Privado.
Fuente: http://www.la-razon.com/suplementos/la_gaceta_juridica/Codigo-modelo-citado-proyectistas-actual-gaceta_0_2274972604.html

domingo, 3 de mayo de 2015

La decadencia universitaria


Del colectivo Comuna

A los docentes y estudiantes críticos que quedan, a la sociedad boliviana:

La academia ha sido el lugar mítico del prestigio de la era del iluminismo y la ilustración. Después, se convirtió en bastión de resistencias, así como de la elaboración de la crítica, para desencadenar posteriormente rebeliones. Quizás la rebelión estudiantil más connotada mundialmente fue la de 1968, que, a decir de Emmanuel Wallerstein, fue una revolución cultural mundial. Desde entonces, se ha observado una disminución paulatina de la intensidad de las movilizaciones estudiantiles. Por el lado teórico, las escuelas críticas de la academia han tenido como una historia intermitente. La más notoria parece ser la Escuela de Frankfurt, sobre todo por la crítica de la dialéctica del iluminismo; después aparece la crítica de la filosofía y de la epistemología de las corrientes nómadas francesas. En América Latina, el movimiento autonomista de Córdoba inicia un ciclo movilizaciones en el continente, que derivan en la conquista de la autonomía universitaria en gran parte de los países. Quizás de las movilizaciones estudiantiles más connotadas en el continente sea la del movimiento autonomista de Córdoba, que luego se irradia, dando lugar a luchas universitarias por la autonomía.

En Bolivia se puede habar, por lo menos, en los amagues, de dos revoluciones universitarias; la primera, que se dio al comienzo de la revolución de 1952; la segunda, que se dio al comienzo de la década de los setenta del siglo pasado. Aunque ambas solo se presentaron discursivamente, acompañadas por institucionalizaciones de representaciones, las estructuras mismas académicas, de por sí conservadoras, no cambiaron. La primera murió en una especie de inanición diferida, acomodándose a la institucionalidad universitaria; la segunda fue un gesto “izquierdista”, que culminó rápido, debido al golpe militar. Lo que viene con la llamada “recuperación de la democracia” es más una institucionalización de lo mismo, en principio, para después sufrir esta institucionalización su lenta corrosión interna, de su amargo conservadurismo, a ratos encubierto con discursos altisonantes “antimperialistas”, que también fueron perdiéndose en el tiempo de las cosas pequeñas académicas. Lo que se terminó imponiéndose es la decadencia académica, en todos sus planos; desde la docencia hasta el aprendizaje, pasando, ciertamente, por la ausencia notoria de la investigación. Se impusieron las roscas, que, aprovechando la estructura de la autonomía universitaria y el cogobierno, se conformaron clientelas perversas, que legalizan a docentes anodinos y a estudiantes también triviales, en los cuales prepondera la estrategia del menor esfuerzo y del engaño. Claro, que hay excepciones, algunas pocas facultades, algunas poquísimas carreras, muy pocos posgrados, sobre todo, lo poco que ha quedado de los institutos de investigación. Empero, estas son las excepciones que confirman la regla. No hablamos de una generalización estadística, no se podría hacerlo ante un mapa de situaciones cualitativas diferenciales; hablamos de una tendencia representativa del grueso de los comportamientos, conductas y prácticas universitarias.

La crisis universitaria ha llegado demasiado lejos; la universidad pública de Cochabamba, la Universidad Autónoma de San Simón, concretamente, el Consejo Universitario, han decidido titularizar a los docentes interinos. Los estudiantes se levantaron en contra de esta resolución, dando lugar a verdaderas batallas campales, donde el Estado, es decir, la policía defiende esta corrupción académica institucionalizada. ¿Cómo leer este síntoma alarmante de la decadencia? ¿En qué momento se perdió el rumbo? ¿Fue cuando la “recuperación de la democracia”, que, en vez de encaminarse hacia una revolución universitaria, se prefirió investirse en un discurso “socialista”; empero, manteniendo toda la tradición conservadora académica, tradición que tampoco dio grande frutos?

Quedando la pregunta pendiente, lo importante es responder descriptivamente a lo que ha sucedido desde entonces. El periodo de las resistencias contra las dictaduras militares fue relativamente largo; entre 1973 y 1974 se recuperó la universidad de las huestes falangistas, que la tomaron, huestes apoyadas por los gobiernos de facto y apoyando a los gobiernos de facto. Esta juventud, que había resistido ejemplarmente, que había aprendido a trabajar en la clandestinidad, que, además, había formado células en la clandestinidad, preservando la memoria de las luchas sociales pasadas, se encaminó a institucionalizar esta conquista, que consistía en la recuperación de la autonomía universitaria. Sin embargo, olvidó que heredaba una institución enraizada en toda clase de conservadurismo y prejuicios académicos, fuertemente vinculadas a la “ideología” positivista de las ciencias. Por otra parte, también había heredado taras de las formas delegativas y representativas, que terminaron en concurrencias demagógicas, en competencias supuestamente políticas e “ideológicas”, que se reducían a consolidar los pequeños gremios, con simulaciones de radicalismos, que no llegaban más que a los límites de la palabra. Las “izquierdas” se perdieron en esta estéril concurrencia por quién presentaba el disfraz más radical, después, perdiendo incluso este estilo carnavalesco de pretendido halo romántico, la disputa se convirtió en acometidas sensatas propuestas, realismos políticos, que se circunscribían al asistencialismo universitario, en unos casos, en otros, a ofrecer una especie de marketing académico, ya bastante deslucido. Estos fueron los modos operandi de una decadencia, que nacía como renuncia a las utopías, las mismas que se sustituían por estridentes demagogias supuestamente radicales, mutando, después, en oportunismo inescrupulosos, para terminar en lamentables clientelismos. Lo que ocurre en Cochabamba es como el desenlace esperado de una muerte anunciada, la de la academia.

¿Cómo explicar la decadencia académica? Parece un largo proceso de declinación, de decaimiento, de hundimiento, de deterioro, de caducidad, de corrosión y de corrupción, que antecede a la ruina plena, al acabamiento pleno. Lo que parece alimentar, por así decirlo, a este desmoronamiento institucional, es una especie de autoengaño mutuo y compartido. Los estudiantes buscan el título, lograr esta finalidad a como dé lugar, con el menor esfuerzo. Los docentes buscan afincarse en su cátedra, también sin mayores esfuerzos, sin preocuparse por actualizaciones, y, lo peor, sin vocación. Si bien logran sus objetivos, sobre todo institucionalizando la mediocridad, estos objetivos logrados son de hojalata, por así decirlo; son de un brillo artificial y fiestero; sin contener nada perdurable en ello, ni serio, ni estratégico. Con títulos logrados, de esta manera, no se desempeña bien en las responsabilidades que se tenga que asumir; es pues un autoengaño, que no dura efectivamente. Los docentes se afincaron institucionalmente, legalizando su permanencia; pero, esto no mejora, de ninguna manera su catedra, sino, mas bien, la vuelve rutinaria en la repetición aletargada de lo mismo, los prejuicios aprendidos de enseñanzas pasadas, rebasadas por el decurso de las ciencias, los saberes, las investigaciones, las teorías. La suma de autoengaños se acumula, dando como resultado un laberinto espantoso de mediocridad institucional, que, a su vez, repercute en un funcionamiento pesado e ineficaz, inútil, de lo mismo Estado. El autoengaño se generaliza, aparece como un lastre masificado, condenando a todos a justificar la inoperancia en imaginarios delirantes auto-centrados. Al final, estos logros baratos tienen un costo muy alto, casi irrecuperable. Nada marcha como debería, todo se estanca en círculos viciosos, que no se encubren por demagogias.

De esta crisis calamitosa no se puede salir manteniéndose en los mismos marcos institucionales, mucho menos en las mismas prácticas, sobre todo las clientelares. Tampoco si se busca una defensa legal y normativa. La crisis tiene su materialidad, por así decirlo, en esta corrosión institucional, en las prácticas paralelas, de componendas y juegos mezquinos de poder; la crisis cobra elocuencia en el autoengaño generalizado. La salida no puede ser sino radical; la revolución universitaria. 

Ahora bien, la revolución universitaria no es discursiva, mucho menos una demagogia, tampoco un gesto estrambótico, un desgarro de vestiduras, un carnaval de pretensiones radicales, cuando lo único que se manifiesta efectivamente son recalcitrantes conservadurismos, anquilosados en los comportamientos oportunistas. La revolución universitaria, requiere, como punto de partida, como línea de base, por lo menos, un acuerdo estratégico, un consenso indispensable; este es sobre explosionar las burbujas de los autoengaños; ver, observar, describir, reconocer el alcance de la calamitosa ruina institucional. A partir, de este reconocimiento construir otra malla institucional capaz de no solamente actualizar los programas académicos, incorporándose a las revoluciones tecnológicas científicas, de los conocimientos, de los saberes, de las teorías, adecuándolas a las circunstancias concretas de la formación social, de su coyuntura desafiante, sino también de lograr un staff de docencia capaz de transmitir el acontecimiento tecnológico-científico y el acontecimiento epistemológico, sintetizándolos diferencialmente en los distintos programas y proyectos académicos e investigativos. Lograr formas administrativas dúctiles, operativas y útiles para el desenvolvimiento académico. Lograr una gobernanza democrática que impulse las autogestiones, las cogestiones, las gestiones de los procesos de formación e investigación. Esta es la base para desencadenar la revolución universitaria.

Sobre las estrategias de mayor alcance, si se quiere, sobre los horizontes de la revolución universitaria, puede ser que no haya acuerdos, ni consensos, sino, mas bien, una discusión al respecto entre las distintas tendencias. Son las tendencias las que tienen que esmerarse por convocar y convencer sobre las perspectivas, los procedimientos, las estrategias y las tácticas. Estas tareas será parte de las concurrencias políticas, político-académicas, político-investigativas, político-sociales, político-culturales, sean para estatales o contra del Estado, apuntando, mas bien a una sociedad autogestionaria. Nosotros apuntamos a esto último; sin embargo, sabemos, que para comenzar la revolución universitaria requerimos un acuerdo, un consenso; se requiere de las voluntades de hacerlo, además de las convicciones, de la comunidad universitaria, también de la comunidad de la sociedad.